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ene

Petición de la herencia

La acción de petición de la herencia

Se denomina acción de petición de la herencia a la acción ejercitada por un heredero frente a aquel que dispone de la herencia en base a un título de heredero del mismo causante o, incluso, sin tener título alguno, con la finalidad de poder acceder a la cuota que le corresponde en razón a dicho título.

El Código Civil no establece una regulación específica en relación con la acción de petición de la herencia y tan solo la menciona en algunos artículos. La figura y si régimen han sido desarrollados por la doctrina y la jurisprudencia.

Pueden ser muchos los motivos por los cuales el herederos debe ejercitar esta acción, por ejemplo, creer haber sido desheredado de forma injusta y someter al Juez dicha decisión o la impugnación del testamento por considerarlo nulo.

La acción de petición de la herencia prescribe en un plazo de 30 años de acuerdo con el artículo 1963 del Código Civil por lo que su naturaleza es la de una acción real sobre bienes inmuebles aunque la herencia no esté compuesta por estos. Este plazo se inicia desde el momento en el que el poseedor de la herencia empieza a poseer los bienes que forman parte de la misma.